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COMPAÑÍA ARGENTINA DE GRANOS S.A.
CONCURSO PREVENTIVO
Expte. 10301338

Actos procesales relevantes

La resolución fue apelada, por tanto no está firme sino sujeta a revisión por la Cámara de Apelación de 1° Nom. de Río Cuarto, sin embargo, tal recurso se concedió sin efecto suspensivo por lo que lo decidido por el Tribunal deberá cumplirse hasta tanto haya resolución contraria de Cámara.-