Con fecha 04/06/2025 la concursada presentó un nuevo planteo de inconstitucionalidad
que se vincula con el aporte al Consejo Profesional de Ciencias Económicas, que prevé en la Ley N° 8.349, de la Provincia de Córdoba.
La Sindicatura plural interviniente en los concursos preventivos de Molino Cañuelas SACIFIA y Compañía Argentina de Granos SA, acompañaron el dictamen técnico requerido por la jueza Mariana Martínez
en relación a la propuesta presentadas por las firmas mencionadas. Asimismo, los síndicos agregaron planilla de gastos y rendición de gastos del art. 32 LCQ
Descargar Planilla de GastosDescargar DictamenEl tribunal hizo lugar al pedido de prorroga presentado por las sindicaturas
y concedió el plazo de diez (10) días, a fin de que los funcionarios cumplimenten con las medidas requeridas mediante el decreto de fecha 11/04/25.
Descargar documentoEl tribunal inició la sustanciación de los pedidos de inconstitucionalidad planteados por las Sindicaturas y la firma concursada.
Asimismo, mediante el proveído de fecha 11/04/25, ordenó una serie de medidas, entre las cuales requirió que los síndicos se expidan sobre la factibilidad de cumplimiento de la propuesta unificada para acreedores quirografarios y su incidencia en las fuentes laborales de las empresas deudoras.
Descargar documentoEl tribunal dicto el decreto de autos a los fines de resolver en los términos del art. 49, LCQ.
En dicho proveído detalló las cuestiones que serán objeto de análisis.
Descargar documentoMOLINO CAÑUELAS S.A.C.I.F.I.A
GRAN CONCURSO PREVENTIVO
Expte. N° 10304378
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Línea de tiempo
PRESENTACIÓN en CONCURSO PREVENTIVO
Solicitud de VERIFICACIÓN TEMPESTIVA DE CRÉDITOS
INFORMES INDIVIDUALES de CRÉDITOS
PERÍODO DE OBSERVACIONES
PROPUESTA de CATEGORIZACIÓN de ACREEDORES
RESOLUCIÓN de CATEGORIZACIÓN
PERIODO de EXCLUSIVIDAD
SENTENCIA de APERTURA
Solicitud de VERIFICACIÓN TARDÍA de CRÉDITOS
SENTENCIA de VERIFICACIÓN
ETAPA DE REVISIÓN
INFORME GENERAL de SINDICATURA
AUDIENCIA INFORMATIVA
ACUERDO: HOMOLOGACIÓN/ NO ACUERDO: SALVATAJE o QUIEBRA INDIRECTA
Avance del proceso hasta el momento
90%
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que prevé en la Ley N° 8.349, de la Provincia de Córdoba. El día 05/06/2025, el tribunal corrió traslado del pedido de inconstitucionalidad al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y al Ministerio Público Fiscal.
y concedió el plazo de diez (10) días, a fin de que los funcionarios cumplimenten con las medidas requeridas mediante el decreto de fecha 11/04/25.
El tribunal inició la sustanciación de los pedidos de inconstitucionalidad planteados por las Sindicaturas y la firma concursada
Asimismo, mediante el proveído de fecha 11/04/25, ordenó una serie de medidas, entre las cuales requirió que los síndicos se expidan sobre la factibilidad de cumplimiento de la propuesta unificada para acreedores quirografarios y su incidencia en las fuentes laborales de las empresas deudoras
El Tribunal resolvió la Existencia de acuerdo (art. 49, LCQ)
Mediante el Auto n°51 de fecha 14/03/2025, el tribunal hizo saber la existencia de acuerdo, en los términos del art. 49, LCQ, por haberse alcanzado las mayorías legales, en relación a la propuesta unificada formulada por las concursadas. También dispuso que el plazo de impugnación previsto en el art. 50, LCQ, vence el 26/03/2025.
El tribunal dicto el decreto de autos a los fines de resolver en los términos del art. 49, LCQ.
En dicho proveído detalló las cuestiones que serán objeto de análisis.
La sindicatura plural cumplimentó el proveído de fecha 27/12/2024.
En su presentación respondió a los requerimientos del tribunal y acompañó los anexos respectivos con el detalle de la totalidad de acreedores que prestaron conformidad y las opciones elegidas.
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