dispuesta por el tribunal en el marco de los concursos preventivos de las firmas Molino Cañuelas SACIFIA y Compañía Argentina de Granos SA.
Descargar documentoPresentación de la Propuesta de Acuerdo preventivo Unificada (arts. 67 y 68 LCQ.).
Descargar documentoEl día 20/02/2024, se llevó a cabo la primera audiencia presencial de seguimiento y control, dispuesta por el tribunal en el marco de los concursos preventivos de las firmas Molino Cañuelas SACIFIA y Compañía Argentina de Granos SA.
Descargar documentoSe recuerda a las partes, acreedores e interesados que, mediante el dictado del Auto interlocutorio N°312 del 09/11/2023, el Juzgado Civil y Comercial de 1er Instancia y 6ta Nominación con sede en Río Cuarto...
Ver noticiaPresentación de informes mensuales (art. 14 inc. 12 Ley 24522)
Se informa que la sindicatura ha cumplido regularmente con la presentación de los informes mensuales, sobre la evolución de la empresa concursada, la existencia de fondos líquidos disponibles y el cumplimiento de las normas legales y fiscales.
Ver noticiaMOLINO CAÑUELAS S.A.C.I.F.I.A
GRAN CONCURSO PREVENTIVO
Expte. N° 10304378
Deslice hacia la izquierda para ver toda la línea de tiempo del proceso
Línea de tiempo
PRESENTACIÓN en CONCURSO PREVENTIVO
Solicitud de VERIFICACIÓN TEMPESTIVA DE CRÉDITOS
INFORMES INDIVIDUALES de CRÉDITOS
PERÍODO DE OBSERVACIONES
PROPUESTA de CATEGORIZACIÓN de ACREEDORES
RESOLUCIÓN de CATEGORIZACIÓN
PERIODO de EXCLUSIVIDAD
SENTENCIA de APERTURA
Solicitud de VERIFICACIÓN TARDÍA de CRÉDITOS
SENTENCIA de VERIFICACIÓN
ETAPA DE REVISIÓN
INFORME GENERAL de SINDICATURA
AUDIENCIA INFORMATIVA
ACUERDO: HOMOLOGACIÓN/ NO ACUERDO: SALVATAJE o QUIEBRA INDIRECTA
Avance del proceso hasta el momento
70%
Últimos actos procesales publicados
Con fecha 06/03/2024 la Concursada presentó la Propuesta de Acuerdo preventivo Unificada
En los términos de los arts. 67 y 68 LCQ. de la Ley de Concursos y Quiebras, formulada para los autos “Molino Cañuelas SACIFIA – Concurso preventivo” y “Compañía Argentina de Granos SA – Concurso preventivo.”
Con fecha 20/02/2024 se llevó a cabo la primera audiencia presencial de seguimiento y control
dispuesta en el marco de los concursos preventivos de las firmas Molino Cañuelas SACIFIA y Compañía Argentina de Granos SA. En presencia del apoderado de la concursada, la sindicatura plural y el acreedor Banco de la Nación Argentina; se desarrolló la audiencia donde también participaron los asesores financieros de las concursadas -First Capital Group-, quienes brindaron información vinculada a la negociación de la deuda y el grado de avance de las tratativas con los acreedores de las distintas categorías.
RECORDATORIO: 20 de febrero de 2024 a las 11 horas – AUDIENCIA de seguimiento y evaluación presencial de las alternativas de propuestas de acuerdo
RECORDATORIO: Se recuerda a las partes, acreedores e interesados que, mediante el dictado del Auto interlocutorio N°312 del 09/11/2023, el Juzgado Civil …
Presentación de informes mensuales (art. 14 inc. 12 Ley 24522)
Se informa que la sindicatura ha cumplido regularmente con la presentación de los informes mensuales, sobre la evolución de la empresa concursada, la existencia de fondos líquidos disponibles y el cumplimiento de las normas legales y fiscales.
Se resolvió el Recurso de Revisión presentado por la Dirección General de Rentas
Se resolvió la autorización de pago a Deutsche Bank
Últimos incidentes resueltos
Por Auto n.° 305 del día 07/11/2023, el Tribunal autorizó a la concursada, en los términos del art. 16 LCQ, a suscribir una modificación y actualización del contrato de financiamiento que la vincula con el acreedor privilegiado Internacional Finance Corporation (IFC). Bajo la misma normativa, también autorizó a reintegrar los pagos realizados por un tercero, por cuenta y orden de la concursada.
Sentencia n° 16. Fecha: 22 de mayo de 2023.
Resolución que autoriza a la concursada a suscribir un acuerdo de refinanciación de deuda hipotecaria (art. 16 LCQ.)
Se resolvió autorizar a la concursada, en los términos del art. 16 LCQ, a suscribir un acuerdo de refinanciación de deuda hipotecaria. En el marco de la autorización, el tribunal ponderó los beneficios que supone el acuerdo a suscribirse, la conveniencia del acto para la continuación de las actividades del concursado, la protección de los intereses de los acreedores y la continuidad de la fuente laboral.
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